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Legislación › Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7.

Artículo 36. Generalidades.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de agosto de 2001 y la del 18 de junio de 2010. Tachado: lo que se quitó (30 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 36. Generalidades.
La instalación eléctrica estará se ejecutará de acuerdo con las exigencias establecidas en por el Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el Real Decreto 2413/1973, 842/2002, de 20 2 de septiembre, agosto, así como por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y la normativa posterior que lo modifica, y sus Instrucciones Complementarias, instrucciones técnicas complementarias y, en especial con particular, por la MI-BT-026, «Prescripciones ITC-BT-29, “Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión», explosión”, u otra reglamentación que ofrezca una seguridad equivalente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de junio de 2010 En vigor BOE-A-2010-4510 Leer Qué cambió
10 de agosto de 2001 Texto original Leer

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