Legislación › Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo.
Artículo 13. Modalidades de Cooperación al Desarrollo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de marzo de 2001 y la del 14 de abril de 2010.
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Artículo 13. Áreas Modalidades de acción. Cooperación al Desarrollo.
Las Administraciones Públicas de Navarra actuarán en el ámbito de la cooperación al desarrollo a través de las siguientes áreas: modalidades:
a) Programas Cooperación económica: disposición de fondos económicos con la finalidad de fomentar programas y proyectos de desarrollo humano, integral, participativo y sostenible, en sus dimensiones sociocultural, institucional, económico-financiera, científico-técnica, educativa y medioambiental, donde se potencie el fortalecimiento de la sociedad civil y se respeten los Derechos Humanos.
b) Programas y Cooperación técnica: colaboración en proyectos que promuevan el refuerzo de ayuda humanitaria orientada las capacidades necesarias para la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de personas y organizaciones implicadas directa o indirectamente en el desarrollo endógeno de los países empobrecidos, mediante el asesoramiento técnico, la formación y capacitación y la investigación aplicada, y todo ello mediante el intercambio y transferencia de conocimiento entre profesionales y expertos de Navarra y de los países socios.
c) Ayuda humanitaria: apoyo económico a proyectos orientados a la asistencia y rehabilitación de poblaciones en situación de emergencia o de grave e inminente riesgo, bien a consecuencia de catástrofes naturales o de conflictos de origen humano. humano, que además tiene como
La ayuda humanitaria, además,objetivo finalidad preservar la vida de las poblaciones vulnerables, reconociendo que todo ser humano tiene dignidad vulnerables en dichas circunstancias y derechos que le otorgan una capacidad de elección. La ayuda humanitaria tiene como objetivos inseparables la asistencia, la protección y la prevención.
c) Programas d) Educación para el desarrollo: realización de programas y proyectos de educación al desarrollo y acciones y campañas de sensibilización de la opinión pública y de la sociedad navarra en su conjunto, tendentes a la comprensión de las realidades de los países en desarrollo y a la promoción de la solidaridad. Incluye además las
d) Presencia y compromiso activos en la exposición deverdaderas causas acciones de incidencia y soluciones del empobrecimiento compromiso político y en la petición a los poderes públicos correspondientes de adopción social, tanto de medidas que sean más eficaces para conseguir el progresivo desarrollo las Instituciones Públicas como de los países del sur. la sociedad civil y las acciones encaminadas a la promoción
e) Accionesdel denominado comercio justo y la cancelación total de la Deuda Externa de los países empobrecidos. las conductas éticas y responsables.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-8389 | Leer | Qué cambió |
| 17 de marzo de 2001 | Texto original | Leer |


