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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 51. Tarifas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2001 y la del 26 de marzo de 2002. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 51. Tarifas.
La tasa se exigirá según las siguientes tarifas:
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Pesetas ·
Euros ·
1. ·
Derivada de la prestación de servicios y realización de actividades por la Policía Foral de Navarra: ·
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1.1 Vigilancia, seguridad y acompañamiento de pruebas deportivas que no consten en el calendario de una Federación Deportiva de Navarra en las condiciones que se establezcan reglamentariamente: ·
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a) Carrera ciclista, por cada etapa, categorías: ·
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Escuelas. ·
14.975 ·
90 ·
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Cadetes. ·
49.999 ·
300,50 ·
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Junior. ·
59.982 ·
360,50 ·
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Sub 23. ·
64.974 ·
390,50 ·
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Elite. ·
69.965 ·
420,50 ·
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Máster. ·
69.965 ·
420,50 ·
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Veteranos. ·
64.974 ·
390,50 ·
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Féminas. ·
59.982 ·
360,50 ·
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Profesionales. ·
140.097 ·
842 ·
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Ciclo deportistas. ·
64.974 ·
390,50 ·
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b) Otras pruebas deportivas. ·
29.991 ·
180,25 ·
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1.2 Vigilancia, seguridad y acompañamiento de marchas cicloturistas y de otras actividades que se desarrollen en espacios públicos. ·
25.000 ·
150,25 ·
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1.3 Acompañamiento de transportes especiales. Por cada kilómetro. ·
50 ·
0,30 ·
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1.4 Servicios de retirada de vehículos de la vía pública: ·
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a) Bicicletas, ciclomotores. ·
2.995 ·
18 ·
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b) Motocicletas, motocarros y otros vehículos de naturaleza análoga. ·
3.993 ·
24 ·
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c) Automóviles, turismos, camionetas, furgones, etc., con tara hasta 1.000 kilogramos. ·
7.987 ·
48 ·
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d) Camiones, tractores, remolques, semirremolques, camionetas, furgonetas y demás vehículos con tara superior a los 1.000 kilogramos. ·
11.980 ·
72 ·
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1.5 Servicio de estancia de vehículos en los depósitos desde las doce horas del comienzo de la misma, por día: ·
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a) Bicicletas, ciclomotores. ·
333 ·
2 ·
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b) Motocicletas, motocarros y otros vehículos de naturaleza análoga. ·
707 ·
4,25 ·
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c) Automóviles, turismos, camionetas, furgones, etc., con tara hasta 1.000 kilogramos. ·
1.414 ·
8,50 ·
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d) Camiones, tractores, remolques, semirremolques, camionetas, furgonetas y demás vehículos con tara superior a los 1.000 kilogramos. ·
2.995 ·
18 ·
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1.6 Informes emitidos por la Policía Foral. ·
5.990 ·
36 ·
2. ·
Derivada del otorgamiento de las autorizaciones especiales de circulación previstas en el artículo 13 del Reglamento General de Circulación: ·
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2.1 Autorización por dos viajes durante un mes. ·
2.579 ·
15,50 ·
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2.2 Autorización por cinco viajes durante tres meses. ·
7.820 ·
47 ·
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2.3 Autorización por veinte viajes durante seis meses. ·
12.479 ·
75 ·
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2.4 Autorización sin límite de viajes por un año para un solo vehículo. ·
20.798 ·
125 ·
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2.5 Autorización sin límite de viajes y vehículos durante un año. ·
51.996 ·
312,50 ·
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2.6 Por Autorización especial para la expedición circulación de copias del original vehículos agrícolas de las autorizaciones especiales señaladas en los apartados anteriores. titulares de explotaciones agrarias sin límite de viajes durante seis meses ·
1.539 ·
9,25 21,04 ·
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2.7 Las autorizaciones especiales para circulación de vehículos agrícolas y Por la expedición de obras públicas se otorgarán por los plazos copias del original de validez previstos las autorizaciones especiales señaladas en los números 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 apartados 2.5 y 2.5, sin especificación del número de viajes. 2.6 ·
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9,25 ·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-752 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2009 BOE-A-2010-2630 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 BOE-A-2004-1077 Leer Qué cambió
26 de marzo de 2002 BOE-A-2002-8354 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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