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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 91. Tarifas.

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Artículo 91. Tarifas.
El importe de las tarifas relativas a la tasa por permisos de pesca en cotos, cuya titularidad sea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, será:
·
Euros
·
Tarifa 1.
– En cotos naturales de pesca sin muerte
·
trucha, modalidad captura y suelta: 6
·
euros.
Tarifa 2. – En cotos naturales de pesca normal
·
10
·
trucha, modalidad extractiva: 12 euros.
Tarifa 3. – En cotos intensivos de pesca intensiva
·
10
·
trucha, modalidad captura y suelta: 6 euros.
Tarifa 4. – En cotos de pesca intensivos de cangrejo señal
·
5
·
Tarifa 5. Tarifa reducida
·
trucha, modalidad extractiva: 12 euros.
5 – En tramos de extracción controlada de cangrejos exóticos: 6 euros.
· – Tasa reducida: 6 euros.
A los efectos de lo los dispuesto anteriormente podrán ser beneficiarios de la tarifa reducida las personas físicas que, por sus circunstancias sociales, determine el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente, Ordenación del Territorio Ambiente y Vivienda. Administración Local.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2018-801 Leer Qué cambió
1 de enero de 2015 BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-1581 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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