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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

Artículo 93. Sujetos pasivos.

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Artículo 93. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de las tasas la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten la expedición de licencias o matrículas necesarias para la pesca continental o para el uso de embarcaciones. continental.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
1 de abril de 2001 Texto original Leer

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