Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO IV
Tasa por la licencia de pesca continental
Se modifica por el art. 3.5 de la Ley Foral 28/2014, de 24 de diciembre. BOE-A-2015-1016
Se renumera, con efectos de 1 de enero de 2008, por el art. 6.1.9 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. BOE-A-2008-3585
Su anterior numeración era Capítulo VIII del Título VII.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2015 En vigor | BOE-A-2015-1016 | Leer | Qué cambió |
| 27 de enero de 2008 | BOE-A-2008-3585 | Leer |


