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Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.

CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV

Tasa por la licencia de pesca continental

Se modifica por el art. 3.5 de la Ley Foral 28/2014, de 24 de diciembre. BOE-A-2015-1016

Se renumera, con efectos de 1 de enero de 2008, por el art. 6.1.9 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. BOE-A-2008-3585

Su anterior numeración era Capítulo VIII del Título VII.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1016 Leer Qué cambió
27 de enero de 2008 BOE-A-2008-3585 Leer

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