Legislación › Ley Foral 7/2001, de 27 de marzo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos.
TÍTULO XI
TÍTULO XI
Tasas del departamento de desarrollo rural y medio ambiente
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2008, por el art. 6.1.17 de la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero. BOE-A-2008-3585
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de enero de 2008 En vigor | BOE-A-2008-3585 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2001 | Texto original | Leer |


