Legislación › Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias.
Artículo 31. Comisión interdepartamental de drogodependencias.
Artículo 31. Comisión interdepartamental de drogodependencias.
Se constituirá la Comisión interdepartamental de drogodependencias como órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón adscrito al Departamento competente en materia de sanidad, y en cuya composición estarán representados los diferentes Departamentos implicados.
Sus características, composición y régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
Se mantiene la vigencia, con rango reglamentario, de este artículo, por la disposición derogatoria única de la Ley 5/2014, de 26 de junio. BOE-A-2014-8282
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de julio de 2014 En vigor | BOE-A-2014-8282 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 2001 | Texto original | Leer |


