Legislación › Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias.
Disposición transitoria primera. Limitaciones en la publicidad contratada.
Disposición transitoria primera. Limitaciones en la publicidad contratada.
Las limitaciones a la publicidad y promoción de bebidas alcohólicas y tabaco que afecten a la publicidad contratada con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley no serán de aplicación hasta transcurridos seis meses desde la publicación de la presente Ley.
← Disposición adicional única Índice Disposición transitoria segunda →


