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Legislación › Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas.

Artículo 10. Tramitación, resolución y pago de las ayudas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de enero de 2001 y la del 24 de julio de 2002. Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 10. Tramitación, resolución y pago de las ayudas.
La tramitación y resolución de solicitudes y el pago de las ayudas corresponderá a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, que podrán establecer criterios objetivos de selección. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de julio de 2002 En vigor BOE-A-2002-14722 Leer Qué cambió
14 de enero de 2001 Texto original Leer

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