Legislación › Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas.
Artículo 10. Tramitación, resolución y pago de las ayudas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de enero de 2001 y la del 24 de julio de 2002.
Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo 10. Tramitación, resolución y pago de las ayudas.
La tramitación y resolución de solicitudes y el pago de las ayudas corresponderá a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, que podrán establecer criterios objetivos de selección. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2002 En vigor | BOE-A-2002-14722 | Leer | Qué cambió |
| 14 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


