Legislación › Ley 7/2002, de 3 de mayo, de creación del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
La modificación de la naturaleza jurídica del Instituto y su extinción se hará mediante Ley, que en este último caso establecerá el modo en que sus órganos continuarán desempeñando sus funciones hasta la total liquidación.
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