Legislación › Ley 12/2002, de 28 de mayo, de creación de la Comarca de La Ribagorza.
Disposición adicional séptima. Utilización de lenguas propias.
Disposición adicional séptima. Utilización de lenguas propias.
Habida cuenta el carácter plurilingüe de la Comarca de La Ribagorza, el Consejo promoverá y apoyará, en el ámbito de sus competencias, la utilización de las lenguas propias, siempre que sea así solicitado por los respectivos Ayuntamientos de los territorios afectados.
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