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Legislación › Ley 4/2002, de 4 de junio, de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de los Productos Pesqueros Destinados al Consumo Humano.

Artículo 4. Responsables de la percepción de las tasas.

Artículo 4. Responsables de la percepción de las tasas.

Son responsables subsidiarios, en los supuestos y con el alcance previsto en el artículo 40 de la Ley general tributaria, los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general que se dediquen a actividades cuya inspección y cuyo control generen el devengo de tasas.

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