Legislación › Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Artículo 21. Resolución.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de julio de 2002 y la del 13 de junio de 2013.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Artículo 21. Resolución.
1. El órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada integrada, dictará la resolución que ponga fin al procedimiento en el plazo máximo de diez nueve meses.
2. Transcurrido el plazo máximo de diez nueve meses sin haberse notificado resolución expresa, podrá entenderse desestimada la solicitud presentada.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6270 | Leer | Qué cambió |
| 3 de julio de 2002 | Texto original | Leer |


