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Legislación › Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable.

ANEXO I

ANEXO I

Subsistemas de una instalación

A los efectos de este Real Decreto, una instalación se compone de la infraestructura y de los siguientes subsistemas, en los que siempre se tendrán en cuenta los requisitos técnicos de explotación y mantenimiento:

1. Cables y pinzas de cables.

2. Equipo motor y frenos.

3. Dispositivos mecánicos:

3.1 Dispositivos de tensión de los cables.

3.2 Dispositivos mecánicos en las estaciones.

3.3 Dispositivos mecánicos en los soportes de línea.

4. Vehículos:

4.1 Cabinas, sillas y dispositivos de arrastre.

4.2 Elementos de enganche.

4.3 Carros.

4.4 Sujeción a los cables.

5. Dispositivos electrotécnicos:

5.1 Dispositivos de mando, control y seguridad.

5.2 Instalaciones de comunicación y de información.

5.3 Dispositivos de protección contra el rayo.

6. Salvamento:

6.1 Dispositivos de salvamento fijos.

6.2 Dispositivos de salvamento móviles.

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