Legislación › Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable.
ANEXO I
ANEXO I
Subsistemas de una instalación
A los efectos de este Real Decreto, una instalación se compone de la infraestructura y de los siguientes subsistemas, en los que siempre se tendrán en cuenta los requisitos técnicos de explotación y mantenimiento:
1. Cables y pinzas de cables.
2. Equipo motor y frenos.
3. Dispositivos mecánicos:
3.1 Dispositivos de tensión de los cables.
3.2 Dispositivos mecánicos en las estaciones.
3.3 Dispositivos mecánicos en los soportes de línea.
4. Vehículos:
4.1 Cabinas, sillas y dispositivos de arrastre.
4.2 Elementos de enganche.
4.3 Carros.
4.4 Sujeción a los cables.
5. Dispositivos electrotécnicos:
5.1 Dispositivos de mando, control y seguridad.
5.2 Instalaciones de comunicación y de información.
5.3 Dispositivos de protección contra el rayo.
6. Salvamento:
6.1 Dispositivos de salvamento fijos.
6.2 Dispositivos de salvamento móviles.


