Legislación › Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General.
Artículo 25. Actuaciones conjuntas.
Artículo 25. Actuaciones conjuntas.
Las funciones o actividades de los Colegios podrán realizarse conjuntamente por dos o más Colegios que así lo acuerden.


