LexTotal

Legislación › Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General.

Artículo 8. Requisitos generales para la colegiación.

Artículo 8. Requisitos generales para la colegiación.

Son requisitos para obtener la colegiación:

a) Estar en posesión del diploma o certificado a los que se refiere el artículo 2 de los presentes Estatutos, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera.

b) Satisfacer la cuota colegial de entrada.

c) No estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión.

← Artículo 7 Índice Artículo 9 →