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Legislación › Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de Orientación Agraria.

Disposición adicional sexta. Subproductos orgánicos de origen no agrario.

Disposición adicional sexta. Subproductos orgánicos de origen no agrario.

El Gobierno ha de elaborar un reglamento que regule el uso de los subproductos orgánicos de origen no agrario como abono y vele para que se apliquen con idoneidad y para que se eviten los daños al suelo y al medio ambiente derivados de hacer un uso incorrecto de los mismos o bien de la misma composición de estos productos.

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