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Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de Orientación Agraria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 24 de enero de 2002 · Último cambio el 22 de mayo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Finalidades de la política de desarrollo rural.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Objetivos en el ámbito de la modernización de la empresa agraria.
- Artículo 4. Líneas de actuación.
- Sección 2
- Artículo 5. Objetivos en el ámbito del desarrollo rural y el equilibrio territorial.
- Artículo 6. Líneas de actuación.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 7. Objetivos en el ámbito de la producción agrícola y la sanidad vegetal.
- Artículo 8. Líneas de actuación.
- Sección 2
- Artículo 9. Objetivos en el ámbito de la producción y la sanidad ganaderas.
- Artículo 10. Líneas de actuación.
- Sección 3
- Artículo 11. Objetivos en el ámbito de la producción forestal.
- Artículo 12. Líneas de actuación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Objetivos en el ámbito de la innovación, la transferencia de tecnología agroalimentaria y la formación agraria.
- Artículo 14. Líneas de actuación.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 15. Objetivos en el ámbito de la transformación y la comercialización agroalimentarias.
- Artículo 16. Líneas de actuación.
- Sección 2
- Artículo 17. Objetivos en el ámbito de la calidad de los productos agroalimentarios.
- Artículo 18. Líneas de actuación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 19. Modelo de Administración agraria.
- Artículo 20. Administración agraria de servicios.
- Artículo 21. Administración agraria relacional.
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 22. Tipificación de las infracciones en materia de gestión de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes.
- Artículo 23. Sanciones.
- Artículo 24. Responsabilidad por las infracciones en materia de gestión de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes.
- Sección 2
- Artículo 25. Tipificación de las infracciones cometidas por el personal técnico habilitado redactor de planes de gestión de deyecciones ganaderas.
- Artículo 26. Sanciones.
- Artículo 27. Responsabilidad por las infracciones.
- Sección 3
- Artículo 28. Criterios de graduación de las sanciones.
- Artículo 29. Concurrencia de infracciones.
- Artículo 30. Competencias para la imposición de sanciones y para la resolución de recursos.
- Disposición adicional primera. Coordinación administrativa en la actuación de la Administración de la Generalidad.
- Disposición adicional segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición adicional tercera. Previsiones presupuestarias.
- Disposición adicional cuarta. Presentación de un proyecto de ley sobre calidad agroalimentaria.
- Disposición adicional quinta. Informe.
- Disposición adicional sexta. Subproductos orgánicos de origen no agrario.
- Disposición adicional séptima. Elaboración de un plan de actuaciones.
- Disposición adicional octava. Equivalencia del cuaderno digital de explotación agrícola con el libro de gestión de fertilizantes y la declaración anual de nitrógeno.
- Disposición adicional octava. Equivalencia del cuaderno digital de explotación agrícola con el libro de gestión de fertilizantes y la declaración anual de nitrógeno.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma


