Legislación › Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Artículo 9. Constancia registral del nombre de dominio.
Artículo 9. Constancia registral del nombre de dominio.
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. 4.3 de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre. BOE-A-2007-22440
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2007 En vigor | BOE-A-2007-22440 | Leer | Qué cambió |
| 12 de octubre de 2002 | Texto original | Leer |


