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Legislación › Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.

Disposición transitoria única. Expedientes de regulación de empleo iniciados antes del 1 de enero de 2002.

Disposición transitoria única. Expedientes de regulación de empleo iniciados antes del 1 de enero de 2002.

Lo previsto en el artículo 6 de la presente Ley sólo será de aplicación en relación con los expedientes de regulación de empleo cuyo procedimiento se inicie a partir del 1 de enero de 2002.

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