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Legislación › Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.

Artículo 34. Clasificación de las empresas turísticas.

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Artículo 34. Clasificación de las empresas turísticas.
A los efectos de la presente esta Ley, las empresas turísticas se clasifican en:
a) Empresas turísticas de alojamiento.
b) Empresas turísticas de restauración.
c) Empresas turísticas de
mediación.
d) Empresas turísticas de servicios complementarios.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de octubre de 2010 En vigor BOE-A-2010-16139 Leer Qué cambió
3 de enero de 2003 Texto original Leer

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