LexTotal

Legislación › Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

Artículo 4. Participación municipal.

Artículo 4. Participación municipal.

Los municipios de la Región participarán, en la forma en que se determine por esta Ley y sus normas de desarrollo, en el ejercicio de las funciones propias de la coordinación de las Policías Locales.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →