Legislación › Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la Ley.
Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la Ley.
Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
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