Legislación › Orden APA/1818/2002, de 15 de julio, por la que se regula el procedimiento canalizado para el movimiento de animales vivos de especies sensibles a la lengua azul desde las zonas restringidas al resto del territorio nacional.
Disposición adicional única. Desinsectación.
Disposición adicional única. Desinsectación.
(Derogada)
Se deroga por el art. 2 de la Orden APA/2950/2002, de 20 de noviembre. BOE-A-2002-22730.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de noviembre de 2002 En vigor | BOE-A-2002-22730 | Leer | Qué cambió |
| 18 de julio de 2002 | Texto original | Leer |


