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Legislación › Ley 5/2002, de 3 de junio, sobre vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento.

Artículo 13. Emergencia o peligro.

Artículo 13. Emergencia o peligro.

Se entenderá que existe una situación de emergencia o peligro cuando desde las instalaciones del usuario se produzca, o haya riesgo inminente de producirse, un vertido inusual a los sistemas públicos de saneamiento que potencialmente pueda ser peligroso para la seguridad física de las personas, para las instalaciones que integran dichos sistemas o para el medio ambiente.

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