Legislación › Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
Artículo 13. Competencias.
Artículo 13. Competencias.
La tramitación y resolución del procedimiento de Análisis Ambiental corresponderá al órgano ambiental de la Comunidad de Madrid.


