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Legislación › Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

Artículo 13. Competencias.

Artículo 13. Competencias.

La tramitación y resolución del procedimiento de Análisis Ambiental corresponderá al órgano ambiental de la Comunidad de Madrid.

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