LexTotal

Legislación › Ley

Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 24 de julio de 2002 · Último cambio el 27 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  5. Artículos 1 a 11.
  6. Artículo 2. Definiciones.
  7. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  8. Artículo 4. Procedimientos ambientales.
  9. Artículo 5. Estudio caso por caso.
  10. Artículo 6. Planes, programas, proyectos o actividades singulares.
  11. Artículo 7. Exenciones.
  12. Artículo 8. Cambio de titularidad.
  13. Artículo 9. Ampliación de actividades o instalaciones existentes.
  14. Artículo 10. Fraccionamiento de proyectos o actividades.
  15. Artículo 11. Resolución de discrepancias.
  16. TÍTULO II
  17. Artículo 12. Planes y programas objeto de Análisis Ambiental.
  18. Artículos 12 a 21.
  19. Artículo 13. Competencias.
  20. Artículo 14. Procedimiento.
  21. Artículo 15. Estudio de la incidencia ambiental.
  22. Artículo 16. Contenido del estudio de la incidencia ambiental.
  23. Artículo 17. Consultas previas.
  24. Artículo 18. Información pública.
  25. Artículo 19. Propuesta de resolución y alegaciones.
  26. Artículo 20. Informe de Análisis Ambiental.
  27. Artículo 21. Procedimiento de análisis ambiental del planeamiento urbanístico.
  28. TÍTULO III
  29. Artículos 22 a 40.
  30. CAPÍTULO I
  31. Artículo 22. Proyectos sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.
  32. Artículo 23. Procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental.
  33. Artículo 24. Competencias.
  34. CAPÍTULO II
  35. Artículo 25. Procedimiento ordinario.
  36. Artículo 26. Inicio del procedimiento.
  37. Artículo 27. Consultas previas.
  38. Artículo 28. Estudio de Impacto Ambiental.
  39. Artículo 29. Información pública del estudio de impacto ambiental.
  40. CAPÍTULO III
  41. Artículo 30. Procedimiento abreviado.
  42. Artículo 31. Inicio del procedimiento.
  43. Artículo 32. Estudio de impacto ambiental del procedimiento abreviado.
  44. Artículo 33. Información pública.
  45. CAPÍTULO IV
  46. Artículo 34. Declaración de Impacto Ambiental.
  47. Artículo 35. Publicación de la Declaración de Impacto Ambiental.
  48. Artículo 36. Efectos de la Declaración de Impacto Ambiental.
  49. Artículo 37. Revisión de la Declaración de Impacto Ambiental.
  50. CAPÍTULO V
  51. Artículo 38. Confidencialidad.
  52. Artículo 39. Responsabilidad del autor del Estudio de Impacto Ambiental.
  53. Artículo 40. Información complementaria.
  54. TÍTULO IV
  55. Artículo 41. Ámbito de aplicación.
  56. Artículo 42. Competencias.
  57. Artículo 43. Iniciación del procedimiento.
  58. Artículo 44. Proyecto técnico.
  59. Artículo 45. Información pública.
  60. Artículo 46. Propuesta de resolución y alegaciones.
  61. Artículo 47. Informe de Evaluación Ambiental de Actividades.
  62. Artículo 48. Información.
  63. TÍTULO V
  64. Artículo 49. Órganos competentes.
  65. Artículo 50. Servicios de inspección y vigilancia de la Comunidad de Madrid.
  66. Artículo 51. Actas de inspección.
  67. Artículos 51 a 55.
  68. Artículo 52. Deber de colaboración.
  69. Artículo 53. Medidas provisionales urgentes.
  70. Artículo 54. Coordinación y sustitución.
  71. Artículo 55. Suspensión de la ejecución de planes, programas, proyectos o actividades.
  72. TÍTULO VI
  73. Artículos 56 a 71.
  74. CAPÍTULO I
  75. Artículo 56. Infracciones.
  76. Artículo 57. Responsabilidad.
  77. Artículo 58. Infracciones muy graves.
  78. Artículo 59. Infracciones graves.
  79. Artículo 60. Infracciones leves.
  80. Artículo 61. Prescripción de las infracciones.
  81. Artículo 62. Sanciones.
  82. Artículo 63. Graduación de las sanciones.
  83. Artículo 64. Prescripción de las sanciones.
  84. Artículo 65. Compatibilidad de las sanciones.
  85. Artículo 66. Reparación e indemnización de los daños al medio ambiente.
  86. Artículo 67. Vía de apremio.
  87. Artículo 68. Medidas cautelares.
  88. Artículo 69. Relación con el orden jurisdiccional penal.
  89. CAPÍTULO II
  90. Artículo 70. Procedimiento sancionador.
  91. Artículo 71. Potestad sancionadora.
  92. Artículo 72. Régimen sancionador. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  93. Artículo 73. Colaboración interadministrativa. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  94. Disposición adicional primera. Órgano ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  95. Disposición adicional segunda. Competencias del órgano ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  96. Disposición adicional tercera. Inclusión de los procedimientos ambientales en el procedimiento de autorización ambiental integrada. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  97. Disposición adicional cuarta. Inaplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  98. Disposición adicional quinta. Servicios de vigilancia e inspección. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  99. Disposición adicional sexta. Información a la Comisión Europea. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  100. Disposición adicional séptima. Competencias sancionadoras y plazo de resolución. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  101. Disposición adicional octava. Tramitación simultánea de la evaluación ambiental estratégica y evaluación de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 27/12/2024
  102. Disposición adicional novena. Vigencia de la evaluación ambiental estratégica y de la evaluación de impacto ambiental.
  103. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos de Evaluación Ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  104. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de adaptación para los Ayuntamientos. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  105. Disposición derogatoria única. Derogaciones y vigencias. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  106. Disposición final primera. Modificación de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
  107. Disposición final primera a quinta.
  108. Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar normas de desarrollo.
  109. Disposición final tercera. Actualización de las sanciones consistentes en multas.
  110. Disposición final cuarta. Habilitación al Gobierno de la Comunidad de Madrid para adaptar los anexos.
  111. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  112. Firma
  113. ANEXOS
  114. ANEXO PRIMERO
  115. ANEXO SEGUNDO
  116. ANEXO TERCERO
  117. ANEXO CUARTO
  118. ANEXO QUINTO
  119. ANEXO SEXTO
  120. ANEXO SÉPTIMO