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Legislación › Real Decreto 682/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Cruz a la Constancia en el Servicio.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

El Ministro de Defensa dictará las oportunas normas a efectos de determinar los criterios para la apreciación de la intachable conducta como requisito en la concesión de la Cruz a la Constancia en el Servicio, así como cuantas disposiciones sean necesarias en el desarrollo y ejecución de este Real Decreto y del Reglamento que aprueba.

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