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Legislación › Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

Artículo 43. Personal directivo.

Artículo 43. Personal directivo.

1. Tendrán la consideración de personal directivo de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria el Presidente, el Director Ejecutivo y los Subdirectores generales.

2. El personal directivo de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria desempeñará su cargo con dedicación absoluta, plena independencia y total objetividad.

3. Los Subdirectores generales de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria serán designados por el Ministro de Sanidad y Consumo por el procedimiento de libre designación.

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