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Legislación › Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria.

Artículo 6. Presidencia de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de julio de 2002 y la del 24 de enero de 2012. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 6. Presidente Presidencia de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. Alimentaria y Nutrición.
El Presidente Ostentará la Presidencia de la Agencia, con rango Agencia Española de Subsecretario, es nombrado por el Consejo Seguridad Alimentaria y Nutrición la persona titular de Ministros a propuesta del Ministro la Secretaría General de Sanidad y Consumo.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-1034 Leer Qué cambió
27 de julio de 2002 Texto original Leer

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