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Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.

Artículo 142. Canalización de fondos mediante las cooperativas.

Artículo 142. Canalización de fondos mediante las cooperativas.

Las cantidades que se reciban de las distintas administraciones públicas provenientes de ayudas estructurales, sectoriales o de otro tipo han de ser canalizadas, en la medida en que sea posible, a través de sociedades cooperativas.

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