Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.
Artículo 146. Derecho de adquisición de terrenos.
Artículo 146. Derecho de adquisición de terrenos.
Las cooperativas de viviendas y las que prestan servicios públicos tienen derecho a la adquisición de terrenos de gestión pública por el sistema de adjudicación directa, para cumplir sus fines específicos.


