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Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.

Artículo 146. Derecho de adquisición de terrenos.

Artículo 146. Derecho de adquisición de terrenos.

Las cooperativas de viviendas y las que prestan servicios públicos tienen derecho a la adquisición de terrenos de gestión pública por el sistema de adjudicación directa, para cumplir sus fines específicos.

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