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Legislación › Ley 16/2002, de 28 de junio, de Educación Permanente de Aragón.

Disposición final primera. Autorización de desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Autorización de desarrollo reglamentario.

Se autoriza al Gobierno de Aragón para dictar las normas adecuadas para la ejecución, aplicación y desarrollo de esta Ley en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor.

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