Legislación › Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Artículo 47. Fondos de archivos y museos.
Artículo 47. Fondos de archivos y museos.
El régimen de protección establecido en la presente Ley para los bienes muebles declarados de interés cultural se aplicará también a todos los bienes culturales que formen parte de las colecciones de los museos, de los archivos históricos y del fondo antiguo de las bibliotecas gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las normas especiales que les sean de aplicación.


