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Legislación › Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.

Artículo 17. Administración y disposición del patrimonio.

Artículo 17. Administración y disposición del patrimonio.

1. La administración y disposición del patrimonio de la Fundación, corresponde al Patronato en la forma establecida en los Estatutos y con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley y en el resto del ordenamiento jurídico.

2. La Fundación debe figurar como titular de todos los bienes y derechos que integran su patrimonio en todos los Registros y oficinas públicas en que deban estar inscritos, y se inscribirán en el Registro de Fundaciones de Castilla y León.

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