Legislación › Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.
Artículo 17. Administración y disposición del patrimonio.
Artículo 17. Administración y disposición del patrimonio.
1. La administración y disposición del patrimonio de la Fundación, corresponde al Patronato en la forma establecida en los Estatutos y con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La Fundación debe figurar como titular de todos los bienes y derechos que integran su patrimonio en todos los Registros y oficinas públicas en que deban estar inscritos, y se inscribirán en el Registro de Fundaciones de Castilla y León.


