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Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 1 de agosto de 2002 · Último cambio el 14 de mayo de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Normas reguladoras.
  5. Artículo 3. Fines y beneficiarios.
  6. Artículo 4. Personalidad jurídica.
  7. Artículo 5. Domicilio.
  8. TÍTULO II
  9. Artículo 6. Capacidad para fundar. 3 redacciones · cambió el 14/05/2024
  10. Artículo 7. Formas de constitución.
  11. Artículo 8. Escritura de constitución y Estatutos.
  12. Artículo 9. Dotación.
  13. TÍTULO III
  14. Artículo 10. Patronato.
  15. Artículo 11. Estructura y organización del Patronato.
  16. Artículo 12. Aceptación y renuncia de los cargos del Patronato.
  17. Artículo 13. Gastos del Patronato y gratuidad de los cargos en el mismo.
  18. Artículo 14. Delegaciones y apoderamientos. 2 redacciones · cambió el 08/10/2003
  19. Artículo 15. Sustitución, cese y suspensión de los patronos.
  20. Artículo 16. Responsabilidad de los patronos.
  21. TÍTULO IV
  22. Artículo 17. Administración y disposición del patrimonio.
  23. Artículo 18. Naturaleza de los bienes y derechos que forman el patrimonio. 2 redacciones · cambió el 29/12/2008
  24. Artículo 19. Enajenación y gravamen.
  25. Artículo 20. Herencias y donaciones.
  26. TÍTULO V
  27. Artículo 21. Principios de actuación.
  28. Artículo 22. Actividades mercantiles e industriales.
  29. Artículo 23. Financiación de las actividades.
  30. Artículo 24. Régimen administrativo, financiero y contable. Auditorías.
  31. Artículo 25. Destino de rentas e ingresos.
  32. Artículo 26. Autocontratación.
  33. TÍTULO VI
  34. Artículo 27. Modificación de los Estatutos.
  35. Artículo 28. Absorción de otras entidades.
  36. Artículo 29. Fusión.
  37. Artículo 30. Extinción. 2 redacciones · cambió el 06/03/2023
  38. Artículo 31. Liquidación. 2 redacciones · cambió el 06/03/2023
  39. TÍTULO VII
  40. Artículo 32. El Protectorado.
  41. Artículo 33. Funciones de Protectorado.
  42. Artículo 34. Intervención temporal.
  43. Artículo 35. Procedimientos administrativos.
  44. TÍTULO VIII
  45. Artículo 36. Registro de Fundaciones.
  46. Artículo 37. Obligatoriedad de la inscripción.
  47. Artículo 38. Certificados de denominación.
  48. Disposición adicional primera.
  49. Disposición adicional segunda. Pérdida del derecho a participar en convocatorias de subvenciones y percepción de ayudas públicas.
  50. Disposición transitoria única.
  51. Disposición final primera.
  52. Disposición final segunda.
  53. [firma]