Legislación › Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.
Artículo 32. El Protectorado.
Artículo 32. El Protectorado.
1. El Protectorado es el órgano administrativo de asesoramiento, apoyo técnico y control de las Fundaciones.
2. El ejercicio de las funciones y competencias de Protectorado de las Fundaciones que realizan sus actividades preferentemente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León corresponde a los órganos de la Administración autonómica que determine reglamentariamente la Junta de Castilla y León.


