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Legislación › Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León.

Artículo 32. El Protectorado.

Artículo 32. El Protectorado.

1. El Protectorado es el órgano administrativo de asesoramiento, apoyo técnico y control de las Fundaciones.

2. El ejercicio de las funciones y competencias de Protectorado de las Fundaciones que realizan sus actividades preferentemente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León corresponde a los órganos de la Administración autonómica que determine reglamentariamente la Junta de Castilla y León.

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