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Legislación › Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia en Castilla y León.

Artículo 26. Derecho a un medio ambiente saludable y a la adecuación del espacio urbano.

Artículo 26. Derecho a un medio ambiente saludable y a la adecuación del espacio urbano.

1. Las Administraciones Públicas de Castilla y León garantizarán el derecho de los menores a desarrollarse en un medio ambiente saludable y en un entorno ambiental que tenga en cuenta sus características y necesidades propias y promoverán el conocimiento, respeto y disfrute del patrimonio ambiental por parte de los menores, fomentando el desarrollo de la educación ambiental que asegure la participación activa de éstos en la protección, conservación y mejora del entorno en el marco de un desarrollo sostenible.

2. Las Administraciones Públicas propiciarán, desde el planeamiento urbanístico, la reserva de suelo, su equipamiento y la progresiva creación y dotación de espacios diferenciados para uso de los menores con las condiciones de seguridad y accesibilidad exigidas por la legislación vigente.

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