Legislación › Ley Foral 19/2002, de 21 de junio, reguladora de la educación de personas adultas.
Artículo 6.
Artículo 6.
Corresponde a la Administración educativa la ordenación, inspección y evaluación de las ofertas educativas que conduzcan a la obtención de titulaciones académicas oficiales.
El Gobierno de Navarra puede crear diplomas y certificaciones acreditativas de la realización de actividades y de la obtención de conocimientos.


