Legislación › Real Decreto 912/2002, de 6 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura básica de los Ejércitos.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Defensa para dictar cuantas disposiciones estime necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto, que en ningún caso podrá suponer el establecimiento de una organización militar del territorio nacional, ni aumento del gasto público.
Se modifica por la disposición adicional 5 del Real Decreto 1040/2003, de 1 de agosto. BOE-A-2003-17107.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de diciembre de 2003 En vigor | BOE-A-2003-17107 | Leer | Qué cambió |
| 8 de septiembre de 2002 | Texto original | Leer |
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