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Legislación › Ley 11/2002, de 14 de mayo, de Creación de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.

Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.

Disposición transitoria segunda. Comisiones Mixtas de Transferencias.

Al objeto de preparar la transferencia o delegación de funciones y servicios a la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos, dentro del mes siguiente a la constitución del Consejo Comarcal, se creará, por Decreto del Gobierno de Aragón, una Comisión Paritaria con representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la comarca. Esta Comisión elaborará los calendarios y contenido de transferencias y delegaciones, así como las propuestas de traspasos y medios que deba recibir la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos. Asimismo, en igual plazo y con los mismos fines, se constituirá la Comisión de Transferencias entre la Diputación Provincial de Teruel y la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos.

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