Legislación › Ley 4/2002, de 25 de junio, del estatuto de la capitalidad de la ciudad de Santiago de Compostela.
Artículo 11. Atribución competencial.
Artículo 11. Atribución competencial.
El Ayuntamiento de Santiago de Compostela tiene las competencias establecidas en la presente Ley y en las disposiciones legales en materia de régimen local y podrá ostentar también aquellas otras que las demás administraciones públicas puedan transferirle o delegarle.


