Legislación › Ley 12/2002, de 27 de junio, Reguladora del Ciclo Integral del Agua.
Artículo 8. Naturaleza jurídica, objeto y funciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de julio de 2002 y la del 20 de enero de 2010.
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Artículo 8. Naturaleza jurídica, objeto y funciones.
1. Se crea por esta Ley la Entidad de Derecho Público Aguas de Castilla-La Mancha, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrita a la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. La Entidad puede adquirir, incluso como beneficiaria de expropiación forzosa, poseer, reivindicar, permutar, gravar o enajenar toda clase de bienes, en los términos del artículo siguiente; concertar créditos y celebrar contratos; ejecutar, contratar y gestionar obras y servicios; obligarse e interponer recursos; todo ello al efecto de la realización de su objeto, definido en el párrafo siguiente.
2. Aguas Corresponde a Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia Agencia, la ejecución y gestión de toda clase de infraestructuras hidráulicas, ejerce las siguientes funciones: y la gestión de
a) Lalas infraestructuras hidráulicas de interés regional definidas en el artículo 5. regional, así como la gestión y recaudación del canon de aducción y
b) Ladel canon de depuración previstos en el título quinto de esta Ley. Título V de la
c) La vigilancia, inspección y control de los vertidos de aguas residuales a colectores generales y estaciones depuradoras, y en las redes de alcantarillado en los casos en que dichos vertidos puedan afectar el normal funcionamiento del sistema de depuración, así como la instrucción de los correspondientes expedientes sancionadores como consecuencia de infracciones en este ámbito.
d) La propuesta a la Consejería de Obras Públicas de normas para el desarrollolegislación vigente en materia de aguas. presente Ley.
e) La realización de cualesquiera otras actuaciones que en este ámbito le encomiende el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 2010 En vigor | BOE-A-2010-16092 | Leer | Qué cambió |
| 9 de julio de 2002 | Texto original | Leer |


