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Legislación › Real Decreto 970/2002, de 24 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera, y se establecen diversas medidas de apoyo a las mismas.

Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.

Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.

1. Las solicitudes de ayuda presentadas por las agrupaciones de productores con anterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto, y pendientes de resolución, continuarán su tramitación y serán resueltas de conformidad con el Real Decreto 617/1998, de 17 de abril.

2. No obstante, la gestión de las ayudas corresponderá a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en los que radique el domicilio social de las agrupaciones.

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