Legislación › Ley 6/2002, de 25 de junio, de Estadística de la Región de Murcia.
Artículo 16. Ámbito del secreto estadístico.
Artículo 16. Ámbito del secreto estadístico.
Serán objeto de protección y quedarán amparados por el secreto estadístico los datos personales.
Se entiende por datos personales los referidos a personas físicas o jurídicas que permitan la identificación directa de los interesados o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a dicha identificación.


