LexTotal

Legislación › Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas.

Artículo 5. Tratamiento.

Artículo 5. Tratamiento.

1. Los miembros del Consejo General tendrán la condición de autoridad en el ámbito corporativo y en el ejercicio de las funciones que les están encomendadas.

2. El Consejo General tendrá el tratamiento de ilustre y sus miembros el de ilustrísimo.

← Artículo 4 Índice Artículo 6 →