Legislación › Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
ANEXO IIIB
ANEXO IIIB
Documentación adicional para los biocidas
PRODUCTOS QUÍMICOS
1. La documentación sobre biocidas debe responder al menos a todos los puntos mencionados en la lista de "Requisitos de la documentación". Las respuestas deben ir respaldadas por datos. Los requisitos de la documentación deberán estar a la altura de los avances técnicos.
2. No se facilitará información que no resulte necesaria debido al carácter del biocida o de sus utilizaciones propuestas. Lo mismo ocurrirá cuando no sea científicamente necesario ni técnicamente posible facilitar la información. En tales casos deberá presentarse una comunicación aceptable a la autoridad competente. Dicha justificación podrá ser la existencia de una formulación marco a la que el solicitante tenga el derecho de acceder.
3. La información podrá obtenerse a partir de los datos existentes cuando se presente una justificación aceptable a la autoridad competente. En particular, y siempre que sea posible, a fin de reducir al mínimo los ensayos con animales deberían aplicarse las disposiciones contenidas en el Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
XI. Estudios adicionales relacionados con la salud humana:
1. Estudios en alimentos y piensos:
1.1 Si los residuos del biocida se mantienen en los piensos durante un lapso de tiempo significativo, se exigirán estudios de alimentación y metabolismo en el ganado que permitan la evaluación de los residuos en los alimentos de origen animal.
1.2 Efectos de la elaboración industrial o de la preparación doméstica en la naturaleza y magnitud de los residuos del biocida.
2. Otros ensayos relativos a la exposición del ser humano.– Se exigirán ensayos adecuados, así como un caso razonado para el biocida.
XII. Estudios adicionales sobre el alcance y comportamiento en el medio ambiente:
1. Cuando sea pertinente, toda la información exigida en el apartado XII del anexo IIIA.
2. Ensayos de distribución y disipación en:
a) Suelo.
b) Agua.
c) Aire.
Los requisitos de ensayo de los anteriores puntos 1 y 2 son únicamente aplicables a los correspondientes elementos ecotoxicológicos del biocida.
XIII. Estudios ecotoxicológicos adicionales:
1. Efectos en pájaros:
1.1 Toxicidad oral aguda, si no se ha realizado ya de conformidad con lo dispuesto en el punto 7 del anexo IIB.
2. Efectos en organismos acuáticos:
2.1 En caso de aplicación sobre, dentro o cerca de las aguas superficiales.
2.1.1 Estudios particulares con peces y otros organismos acuáticos.
2.1.2 Datos de residuos en peces relativos a la sustancia activa, incluidos los metabolitos con importancia toxicológica.
2.1.3 Podrán exigirse los estudios a que se hace mención en los puntos 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4 del apartado XIII del anexo IIIA para los correspondientes componentes del biocida.
2.2 Si el biocida debe ser pulverizado cerca de aguas superficiales, podrá requerirse un estudio de la niebla de pulverización a fin de evaluar los riesgos para organismos acuáticos en condiciones de campo.
3. Efectos en otros organismos distintos de los organismos a los que se destina:
3.1 Toxicidad para vertebrados terrestres distintos de los pájaros.
3.2 Toxicidad aguda para las abejas.
3.3 Efectos en artrópodos beneficiosos distintos de las abejas.
3.4 Efectos en las lombrices de tierra y otros macroorganismos del suelo distintos de los organismos a los que se destina que se consideren en situación de riesgo.
3.5 Efectos en microorganismos del suelo distintos del organismo a los que se destina.
3.6 Efectos en cualesquiera otros organismos específicos distintos del organismo a los que se destina (flora y fauna), que se consideren en situación de riesgo.
3.7 Si el biocida está en forma de cebo o gránulos.
3.7.1 Ensayos supervisados de evaluación de los riesgos para los organismos distintos de los organismos a los que se destina en condiciones de campo.
3.7.2 Estudios de aceptación del biocida por ingestión en cualesquiera organismos distintos de los organismos a los que se destina considerados en situación de riesgo.
4. Resumen y evaluación de 1, 2 y 3.


