Legislación › Ley 8/2002, de 26 de septiembre, de creación del Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de las Illes Balears.
Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria quinta.
El Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de las Illes Balears obtendrá la capacidad plena de obrar desde la constitución de sus órganos definitivos de gobierno.


