Legislación › Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogados, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única, los Reales Decretos 510/1992, de 14 de mayo, por el que se regula el etiquetado de los productos del tabaco y se establecen determinadas limitaciones en aeronaves comerciales, y 1185/1994, de 3 de junio, sobre etiquetado de productos del tabaco distintos de los cigarrillos y por el que se prohíben determinados tabacos de uso oral y se actualiza el régimen sancionador en materia de tabaco; y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.
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